Comentario
En este contexto, las bases del nuevo sistema administrativo de las provincias hispanas fueron creadas durante el principado de Augusto (31 a.C.-14 d.C.) y afectan a la ordenación territorial; al organigrama administrativo y su materialización en los correspondientes magistrados, y al sistema impositivo.
En el plano territorial, la reorganización administrativa afecta a la totalidad del territorio peninsular, completamente anexionado tras las victorias obtenidas en la guerra contra cántabros y astures. El punto de partida estaba constituido por el ordenamiento administrativo existente, que articulaba el territorio conquistado en dos provincias, denominadas Ulterior y Citerior en función de su proximidad o lejanía de Italia. Sobre el mismo se proyectan otros factores, de los que unos son específicos de la realidad histórica y geográfica hispana, mientras que otros expresan los nuevos equilibrios sociopolíticos con los que se funda el Principado.
El condicionante hispano lo constituye la heterogeneidad histórica existente en la organización de los distintos pueblos que habitan la Península. La conciencia de esta diversidad se proyecta en la visión que de Hispania poseen determinados geógrafos de época augústea, como el griego Estrabón, que en el libro III de su Geografía claramente contrapone una realidad civilizada propia de la Hispania meridional y más específicamente del curso medio del Betis habitada por los turdetanos, donde impera la ciudad, y el mundo de los pueblos del norte de la Península, donde domina la barbarie, en clara consonancia con el carácter montañoso del espacio que habitan.
Sobre esta diversidad histórica, donde se ha proyectado el fenómeno romanizador previo que se desarrolla en las zonas meridionales y levantinas de manera inmediata a la conquista, incentivando los procesos urbanos generados por la colonización griega y fenicio-púnica, actúan los nuevos equilibrios sociopolíticos presentes en la articulación del principado. En él se yuxtaponen las prerrogativas en el plano territorial y en el control de recursos de princeps y la subsistencia del antiguo sistema provincial propio de la desaparecida República que sobrevive en las prerrogativas que se le adscriben en el plano administrativo al senado romano.
La reorganización del territorio hispano se realiza en el 27 a.C., año en el que se institucionaliza el nuevo sistema político surgido de las guerras civiles; concretamente, según la información que nos proporciona Casio Dión, en este año se produce la subdivisión de todas las provincias que conforman el imperio en senatoriales e imperiales en función de que se encontrasen pacificadas y, en consecuencia, fueran inermes, o no pacificadas, lo que comportaba la presencia de los correspondientes contingentes legionarios. Las primeras quedaron bajo jurisdicción administrativa del senado y fueron gobernadas por un procónsul elegido por este último, mientras que las restantes fueron consideradas como provincias imperiales y serán administradas por un legado designado por el emperador.